Sentencia Judicial Condena a Mapfre por Vender Producto de Inversión como Seguro de Vida

Sentencia Judicial a Mapfre

En una decisión judicial trascendental, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda ha dictaminado una sentencia desfavorable para la aseguradora Mapfre, condenándola por comercializar un producto de inversión de alto riesgo bajo la apariencia de un seguro de vida. La sentencia se produce tras la demanda interpuesta por Coraza Legal en representación de una persona sin formación financiera, quien adquirió un seguro “unit link” por un valor de 115.000 euros ( Ciento quince mil euros). Dicho fallo ha generado un precedente significativo en el ámbito de las prácticas financieras y la protección del consumidor

El producto en cuestión, el seguro “unit link”, es un contrato de seguro que invierte la prima única del cliente en diversos activos sujetos a riesgo de pérdida. Aunque usualmente se combina con un préstamo hipotecario y un derecho de prenda, Mapfre lo comercializó como un seguro de ahorro sin mencionar su naturaleza de inversión de alto riesgo.

La sentencia destacó varios puntos clave:

  1. Confusión en la Percepción del Producto: El contrato presentaba el producto como un seguro de vida-ahorro unit linked de prima única, lo que confundió a la demandante sobre la verdadera naturaleza del producto financiero.
  2. Producto Financiero Disfrazado de Seguro: A pesar de ser una compañía de seguros y no una entidad financiera, Mapfre ofreció un producto financiero disfrazado de seguro, sometiendo a la demandante a un riesgo de inversión elevado y relevante.
  3. Falta de Transparencia y Aprovechamiento de la Ignorancia del Cliente: Mapfre no tomó en cuenta la falta de comprensión financiera de la demandante, vendiendo el producto sin explicar adecuadamente los conceptos de riesgo de inversión y pérdida de valor.

A tal efecto se evidencia que Mapfre ofreció un producto financiero disfrazado de contrato de seguro, donde el riesgo de inversión era elevado y relevante. La compañía, siendo una aseguradora y no una entidad financiera, proporcionó un servicio de naturaleza financiera sin la transparencia adecuada, lo que contribuyó a la confusión del consumidor.

La sentencia resalta la falta de preocupación por parte de Mapfre respecto al entendimiento del cliente sobre los riesgos financieros asociados al producto. Incluso cuando la demandante admitió  solo comprender el concepto básico  de acciones, la aseguradora no brindó la información necesaria para evaluar adecuadamente el riesgo de la inversión

En consecuencia, la sentencia anuló el contrato y condenó a Mapfre a reembolsar las pérdidas sufridas por la demandante, valoradas en 33. 000 euros, además de las costas del proceso.

En palabras de nuestro socio director Manuel Chamorro Pavón, y abogado encargado de la dirección de este procedimiento;

“Esta decisión judicial destaca la importancia de la transparencia y la debida diligencia por parte de las instituciones financieras al comercializar productos de inversión, especialmente cuando se trata de clientes sin formación financiera adecuad, ya que Las compañías de seguros y otras entidades financieras tienen la obligación de proporcionar información clara y comprensible sobre los productos que ofrecen, especialmente cuando implican riesgos significativos para los clientes.”

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