¿Qué es el cartel de coches?
Un nuevo escandalo sacude a las grandes marcas fabricantes de vehículos automóviles ya que la CNMC ha concluido que hasta 34 marcas fabricantes de estos vehículos pactaron el intercambio de información confidencial para manipular el mercado y beneficiarse de una subida generalizada de todos los modelos de vehículos implicados, estimándose que entre 8 y 12 millones de personas podrían estar afectadas por esta conducta.
¿Qué marcas están afectadas?
Prácticamente la totalidad de las marcas fabricantes del vehículos están involucradas según el estudio anteriormente mencionado. Para ser mas concretos, las marcas multadas han sido las siguientes;
Como podemos observar, entorno al 85% de las marcas fabricantes se encuentran involucradas en esta problemática.
¿Qué dice la justicia al respecto?
El Tribunal Supremo ha confirmado las multas impuestas a los fabricantes de automóviles por la resolución de la CNMC de 23 de Julio de 2015 (S/482/13 fabricantes de automóviles)
En las sentencias que se han dictado hasta la fecha , la sala de lo Contencioso-Administrativo ha condenado al 80% de las marcas involucradas, rechazando los recursos presentados por los departamentos jurídicos de estos, confirmando así la existencia de un cartel premeditado para “inflar” los precios, y beneficiarse de un sobrecoste en la venta de todos los vehículos adquiridos durante el periodo en el que se mantuvo esta practica
¿Quién puede reclamar?
Podrá reclamar cualquier persona que comprara un vehículo de las marcas involucradas entre febrero del año 2006 y julio de 2013.
Es importante resaltar que es independiente que el coche de adquiriera mediante financiación, renting o leasing. Lo que si es importante es que el vehículo fuera adquirido directamente en un cesionario, y no de segunda mano, ya que en este supuesto no seria viable la reclamación.
Del mismo modo, debéis saber que no importa si aun disponéis del vehículo, o si este se ha vendido, en cualquier circunstancia se podría reclamar lo pagado de mas.
¿Cuál seria la indemnización que me correspondería?
Esto depende del importe del vehículo adquirido, pero se estima que el sobrecoste pactado fluctúa entre el 10% y el 15% del importe total del mismo. Tomando como referencia los anteriores datos, se estima que la cantidad que podrá recuperar cada afectado oscila entre los 2500 € y los 9000 € aproximadamente.
¿Qué documentación necesito para reclamar?
El afectado deberá proporcionarnos la factura de compra, y el justificante de la adquisición
Contrato de compra
Permiso de circulación
Movimiento bancario
O similares
Así como la ficha técnica del vehículo.
¿Qué plazo disponen los afectados para reclamar?
La Directiva 2014/104 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, relativa a determinadas normas por las que se rigen las acciones por daños en virtud del Derecho nacional, por infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea Texto pertinente a efectos del EEE en su artículo 10, refiere que el Estado velará para que la reclamación se pueda realizar en un plazo de 5 años, si bien se estima que nuestra normativa fije este periodo en el plazo fijado por nuestro código civil para este tipo de reclamaciones que es de 1 año. En virtud de lo anterior nuestra recomendación es tener interpuesto la reclamación antes de que transcurra 1 año desde la firmeza de la sanción para cada marca, que para algunos fabricantes comenzó en enero de 2021.
En este sentido, el plazo de un año comenzara a contar desde el momento que se hizo publica la sentencia contra la marca que se pretende reclamar.
Por lo tanto es muy importante que tengáis en consideración la siguiente lista para saber los plazos a los que debéis acogeros, que en alguno de los casos esta a punto
de expirar.
En la siguiente lista os ponemos los plazos que están mas próximos a vencer.
- 15 de enero de 2022: Nissan.
- 6 de mayo de 2022: Renault.
- 19 de febrero de 2022: General Motors.
- 13 de mayo de 2022: Ford.
- 5 de marzo de 2022: Honda y Toyota.
- 17 de mayo de 2022: Hyundai.
Destacar que el periodo de un año indicado es de prescripción, por lo que se puede interrumpir simplemente presentado la correspondiente reclamación ante el fabricante o concesionario en cuestión.
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