Una pareja, indemnizada con 1.800 euros después de que les cancelaran el vuelo, y no les devolvieran el dinero a tiempo

El Juzgado de lo Mercantil nº18 Bis de Madrid ha reconocido las pretensiones de los pasajeros, a los que cancelaron su vuelo. Y así, ha condenado a la aerolínea Blue Air a pagar a la pareja afectada 1.801,92 euros, más los intereses legales, debido a la situación vivida. Una decisión ante la que no cabe recurso alguno.

Muchos son los viajeros que aprovechan los meses de verano para viajar. Vuelos nacionales e internacionales que, sin embargo, en algunas ocasiones dejan de ser un motivo de disfrute para convertirse en una auténtica pesadilla. Colas interminables, pérdida de maletas, retrasos de los vuelos… muchos son los motivos por los que un viaje puede acabar convirtiéndose en un foco de problemas.

Una situación que también ha llegado ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Mercantil nº18 Bis de Madrid.

Caso en el que una pareja, con billetes de avión para viajar Madrid- Cluj, se encontraba con la cancelación del vuelo, de forma unilateral, por parte de la compañía. Una cancelación inesperada ante la que la compañía reaccionaba, pero no a tiempo.

Algo que provocaba que los pasajeros «en tierra» no recibieran la devolución de su dinero de los billetes a tiempo. Y, por tanto, no pudieran adquirir nuevos pasajes a un precio razonable.

Una pérdida de vuelo con daño moral

Situación que llegaba al Juzgado, y que llevaba al magistrado Manuel Ruiz de Lara, en su sentencia 407/2025, a estimar las pretensiones de los pasajeros afectados por la cancelación del vuelo, representados por los abogados Manuel Chamorro e Ignacio Aznar, de Coraza Legal.

Un fallo en el que el magistrado no sólo ponía en valor la necesidad de indemnizar a los afectados por el valor de los billetes y el vuelo desperdiciado, sino también por el daño moral causado.

Así pues, tal y como ha podido saber Confilegal, la aerolínea Blue Air se encuentra en estado de rebeldía. Una situación que ha hecho que la indemnización a abonar sea mucho mayor. Ello, además, con imposición de costas a la demandada.

En concreto, el magistrado establece una indemnización de 600 euros por la cancelación del vuelo. Una cifra a la que se suma, tal y como estipula la sentencia, 1.200 euros por el daño moral sufrido por los afectados. Cantidad que se solicitaba en la demanda, y que el juez estima en su fallo.

Del mismo modo, estipula la sentencia que, a los 1.800 euros de indemnización se le sumen «los intereses legales que devenguen de esta cantidad desde la fecha de interpelación judicial». Ello, sin que quepa recurso alguno ante esta decisión.

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