Los intereses de las tarjetas de crédito son el peaje que todo cliente ha de pagar por hacer uso de este servicio de préstamo rápido que ofrecen las entidades bancarias. Ahora bien, siendo esta una cuestión especialmente sensible, ¿existe una determinada legislación que establece unos límites máximos que los referidos intereses nunca podrán superar?.
Los máximos intereses que pueden cobrarte al usar tu tarjeta de crédito
Como usuario, es muy importante que conozcas tus derechos, los cuales se encuentran recogidos en multitud de leyes y reglamentos, entre los cuales destacamos la Ley sobre la nulidad de los contratos de préstamos usurarios. A través de una lectura detallada y el estudio de su contenido, hemos extraído los siguientes puntos clave.
Conocimiento detallado de los intereses
Existe un deber de información por parte de la entidad financiera, de tal modo que tú, como cliente, has de conocer en todo momento los intereses que van a cobrarte. De esta manera, antes de contratar los servicios de una tarjeta de crédito, siempre has de ser debida y detalladamente informado de las condiciones a las que harás frente.
Por otro lado, si estas condiciones cambiasen, la entidad financiera debe informarte con, al menos, dos meses de antelación a la entrada en vigor de las nuevas condiciones, de manera que tú puedas decidir si continuar disfrutando del servicio contratado o declinar. Debes tener en cuenta que si no te comunicas con el banco tras la recepción de la información sobre las nuevas condiciones, se entenderá que las has aceptado.
Los intereses máximos desde un punto de vista teórico
Ahora bien, ya ha quedado claro que, como cliente, tienes pleno derecho a ser informado detalladamente de las condiciones de los productos que desees contratar. Pero esto todavía no acaba de responder a la pregunta que hemos planteado al principio de este post acerca de los intereses máximos.
En un plano puramente teórico, lo cierto es que la legislación no establece cifras exactas. Si bien es cierto que indica con claridad los límites de las comisiones e intereses en relación con las hipotecas, no podemos decir que esto se aplique a las tarjetas de crédito. Por lo tanto, teóricamente, un banco puede cobrar lo que le parezca por el uso de sus tarjetas de crédito.
Los intereses máximos desde un punto de vista práctico
Ahora bien, debes saber que aunque la legislación no establezca cifras exactas, lo cierto es que, desde un punto de vista práctico, sí que existen formas de limitar los intereses máximos que un banco puede cobrar. Entre todas las herramientas que tú, como cliente, tienes a tu alcance, destaca la TAE (Tasa Anual Equivalente), que indica de forma resumida y conjunta el total de comisiones e intereses que te pueden cobrar por el uso de una tarjeta de crédito concreta.
Gracias a la Tasa Anual Equivalente y al deber de información que la ley impone al banco, el cliente tiene a su alcance toda la información necesaria para comparar entre diversas entidades bancarias. De esta manera, resulta evidente que la propia ley de la oferta y la demanda y el funcionamiento natural del mercado han acabado regulando esta circunstancia. La mayor parte de las tarjetas de crédito goza de una TAE similar, lo cual evita cualquier tipo de abuso.
Las entidades bancarias están obligadas a someterse a una estricta regulación que permite que, a través de la competencia, no se produzcan abusos al cobrar los intereses de sus tarjetas. Además, gracias a esta información, tú puedes defender tus derechos como usuario.
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