Situación de los gastos de hipoteca en España

gastos de hipoteca en España

En la actualidad sigue habiendo muchas dudas sobra la situación de los gastos de hipoteca, después de la sentencia del Tribunal Supremo que permitió a numerosos consumidores reclamar por muchos gastos que, en la misma, se consideraban abusivos. Tras cinco años desde la sentencia, ¿en qué han quedado las reclamaciones?, ¿Cómo es la situación en España?

¿Qué gastos debes hacer frente al constituir una hipoteca?

La situación de los gastos de hipoteca hoy en día para el consumidor es mucho más beneficiosa que hace unos años. En la actualidad, a lo que deberás hacer frente es a la tasación, un importante trámite a efectos de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el cual también debes pagar tú. En algunas comunidades autónomas, si la tasación es baja, se pueden obtener beneficios fiscales.

Además del ITP, en el caso de que el inmueble que vayas a comprar no disponga de una nota simple registral, tendrás que solicitarla y también pagarla tú, ya que la entidad bancaria te lo exigirá con toda probabilidad. No obstante, no te preocupes, ya que se trata de un trámite que ronda los 20 euros. Por su parte, el de la tasación suele oscilar entre 200 y 400 euros de media.

¿Cuáles paga el banco?

Las entidades bancarias, constituidoras de las hipotecas, tienen que asumir ahora mayores gastos, ya que atribuírselos al consumidor se considera abusivo y, por tanto, nulo una vez que se reclama. Los gastos a los que hacen frente a día de hoy tras la sentencia del Tribunal Supremo son los que te vamos a enumerar.

1. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados

Este impuesto no está exento de polémica y se regula en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El tipo de gravamen dependerá de la comunidad autónoma, pero suele estar dentro de un margen de entre un 0,5 % y un 1,5 % de la responsabilidad hipotecaria.

2. Gastos de notaría y registro

Al contrario de lo que se suele pensar, los gastos de notaría y registros también deben ser afrontados por el banco, a excepción de la nota simple registral que ya te hemos mencionado. En primer lugar, con respecto a los gastos de notaría, normalmente se calculan también sobre la responsabilidad hipotecaria. Suelen ser de entre un 0,3 % y un 0,5 %, porcentaje al que se le suman las copias que se expiden tanto para el banco como para el cliente.

Con respecto a los porcentajes, cabe señalar que son los aranceles del profesional. Otros aranceles que se cobran al banco son los registrales, también calculados sobre la responsabilidad hipotecaria. En este caso, el porcentaje a aplicar varía entre el 0,1 % y el 0,3 %. Se trata de las denominadas costas del registro.

3. Gastos de gestoría

El cliente puede elegir la gestoría que desee aunque el banco le recomiende una concreta. Aun así, estos gastos seguirá pagándolos el banco. El precio suele depender de los honorarios del gestor, cuyo trabajo es la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad, así como hacerse cargo por ambas partes de pagar los impuestos que correspondan. La media suele rondar los 400 euros.

En definitiva, la situación de los gastos de hipoteca en la actualidad está muy a favor del consumidor. La principal responsabilidad de pago que tienen los usuarios son, además de la hipoteca en sí, los intereses de la misma y la tasación. Más allá de eso, se considerarán gastos abusivos del préstamo hipotecario, por lo que recaerán sobre la entidad bancaria.

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