¿Puedo reclamar si hay huelga aérea y cancelan mi vuelo?

Relaciones laborales, solicitudes para mejorar la calidad del trabajo y demás situaciones, son las causantes de huelgas que llevan a retrasar o a cancelar vuelos. Ante este panorama, ¿quién salvaguarda a los pasajeros? Tranquilo, aquí te explicaremos cómo proceder teniendo como ejemplo el caso de la aerolínea Air France.

 

Un aumento salarial del 6%. Esto es lo que exigen los empleados de la aerolínea Air France que se han declarado en huelga obligando a cancelar la mitad de los vuelos de larga distancia de la compañía. Y es que las relaciones laborales entre trabajadores y directivos no han sido fáciles en los últimos tiempos. En 2015 se produjeron 2,900 despidos, tanto de empleados de tripulación, como de personal de tierra.

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¿Tienes derecho a reclamar por cancelaciones aéreas causadas por huelgas?

Según el Reglamento Europeo 261/2004, que regula las reclamaciones aéreas, hay casos en los que no se puede obtener una compensación si se ha producido algún problema por causa de fuerza mayor. Una huelga de controladores es considerada una de estas causas.

Cuando la aerolínea no puede controlar la incidencia (porque la huelga no parte de la propia aerolínea) no está obligada a otorgar una indemnización a los pasajeros que se han visto afectados por la cancelación del vuelo.

 

Cuando la huelga parte de la aerolínea, puedes reclamar si no avisa con tiempo.

 

En caso de que se convoque una huelga procedente de la compañía, esta debe informar a los pasajeros afectados por la cancelación de un vuelo y darle las opciones correspondientes para poder trasladarse a su destino de manera alternativa, o realizar la devolución íntegra del importe del billete.

También está obligada a efectuar una compensación a los pasajeros por dichas cancelaciones, salvo en el caso de que la compañía informe de la cancelación:

 

  • Al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
  • Con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
  • Con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación, con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

 

Condiciones del reembolso del billete y la indemnización

 

Es decir, si el aviso de que el vuelo se cancelará por huelga interna no se ha producido o se ha hecho fuera del plazo establecido, el pasajero, como anteriormente hemos comentado, podrá reclamar una compensación económica, además de una de estas opciones:

  • Reembolso en siete días del coste del billete.
  • Transporte hasta el destino final en condiciones comparables, lo más rápido posible.
  • Transporte hasta el destino final en condiciones comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

 

Por la parte de la indemnización, la compañía aérea debe compensar al afectado con:

  • 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros.
  • 400 euros para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
  • 600 euros para los vuelos que no estén comprendidos en los casos anteriores.

 

Si quieres más información sobre cancelacion o retrasos de vuelo, no dudes en visitarnos.

 

¿Necesitas reclamar?

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