¿Has planeado un viaje durante este próximo puente de Mayo y quieres conocer tus derechos como pasajero antes de salir? ¿Has tenido un problema y necesitas crear una reclamacion por cancelacion o retraso de vuelo? Estás en el lugar correcto.
Todos tus derechos como pasajero están regulados por el Reglamento Europeo (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo el 11 de febrero de 2004.
¿CUÁLES SON ESTOS DERECHOS?
Todos los derechos de los usuarios de cualquier compañía aérea cuando se haya producido un gran retraso o cancelación del vuelo, una denegación del embarque por sobreventa (overbooking) o pérdida del equipaje.
¿DÓNDE SE APLICAN ESTOS DERECHOS?
Esta legislación comunitaria se aplica a todos los vuelos que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza y en todos los vuelos operados por compañías comunitarias aunque salgan de aeropuertos no comunitarios.
- GRAN RETRASO DEL VUELO
Si tu vuelo se ha retrasado más de 2 horas, tienes derecho a recibir gratuitamente comida y refrescos o llamadas telefónicas. Si el vuelo se ha retrasado más de 3 horas (y no ha sido por una causa de fuerza mayor como por temporal), puedes ser indemnizado.
Esta indemnización se calcula en base a la distancia del vuelo. En viajes de menos de 1.500 km, puedes recuperar hasta 250 €. Si el vuelo recorre más de 3.500 km, puedes recuperar hasta 600 €. En los de media distancia, puedes recuperar hasta 400€.
- CANCELACIÓN
Si se cancela tu vuelo y no lo sabías, tienes derecho a indemnización. Las únicas ocasiones en las que la compañía se libra de indemnizarte es si te había avisado con una antelación de 2 semanas antes de la cancelación, con una antelación de 1 semana pero te proporciona un vuelo alternativo que no te haga llegar más de 4 horas tarde con respecto al vuelo que habías contratado o con una antelación de menos de 1 semana pero te ofrece un vuelo que te haga llegar como máximo 2 horas más tarde del vuelo que habías contratado.
Si estas situaciones no se han producido y te cancelan el vuelo, la compañía tiene que indemnizarte. Respecto a las cantidades, se rigen por el mismo baremo que los retrasos aéreos: 250€ en vuelos de 1.500km, 400€ en vuelos de distancia media y 600€en vuelos de 3.500km.
- OVERBOOKING
Si se produce “overbooking” (práctica comercial legal), y te quedas fuera sin poder subir al avión, tienes determinados derechos. Si sales como voluntario para quedarte en tierra, tienes derecho a:
- Reembolso en 7 días del coste del billete correspondiente a la parte del viaje no realizada, junto con, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápido posible.
- Reembolso en 7 días del precio íntegro del billete cuando se compró, correspondiente incluso a la parte o partes del viaje efectuadas. Si el vuelo ya no tiene sentido respecto al plan de viaje inicial del pasajero, cuando proceda, de manera inmediata un vuelo de vuelta al primer punto de partida .
- Traslado al destino final lo antes posible en condiciones de transporte comparables.
- Traslado al destino en condiciones comparables en otra fecha que convenga al pasajero.
Si no te presentas voluntario y te hacen “overbooking” forzoso, tienes derecho a que te indemnicen con 250€ para vuelos inferiores a 1.500 kilómetros, 400€ para vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros y 600€ para vuelos de más de 3.500 kilómetros.
¿CÓMO RECLAMAR ANTE CUALQUIERA DE ESTAS SITUACIONES?
El primer paso es realizar una reclamación a la compañía aérea correspondiente. Lo puedes hacer a través de las hojas de reclamaciones que las compañías aéreas deben tener a disposición en los mostradores de información. (Debe conservarse el billete, talón de equipaje y demás documentos utilizados).
En caso de no recibir respuesta, la siguiente vía es la judicial. Desde Coraza Legal, contamos con un departamento especializado en reclamaciones a compañías aéreas. Tienes derechos.
¿Necesitas reclamar?