El cobro a los clientes por la comisión de apertura de una hipoteca, forma parte de algunas de las prácticas que son llevadas a cabo por algunas entidades bancarias y que son consideradas como abusivas. Muchos clientes creen que se les debe de efectuar el cobro de este tipo de gestión, pero la realidad no es así. A continuación, te daremos todas las claves que necesitas saber para recuperar tu dinero.
¿Qué es una comisión bancaria?
Comenzaremos por analizar y explicar este concepto, puesto que supone el punto de partida para entender a la perfección todo lo demás. Una comision bancaria es la cantidad que el banco cobra a sus clientes por la gestión o realización de un servicio como puede ser una transferencia, cambio de divisas, emisión de una tarjeta de crédito, etc.
Tal y como indican desde el Banco de España, las tarifas o precios que se cobran no están reguladas en ninguna parte, es decir, que son libres. Por lo tanto, el banco puede cobrar la cantidad que estime, a no ser que quede especificado en alguna norma como es en el caso de la cancelación o amortización de una hipoteca. Es importante que el cliente conozca sus derechos, y de igual forma advierten, que sólo se puede cobrar por una comisión bancaria que no hayas solicitado o aceptado.
¿Qué ocurre con la comisión de apertura de una hipoteca?
El cobro de dicha comisión tiene que estar debidamente justificado por el banco puesto que tienen que demostrar que realmente la gestión de ese servicio supuso algún tipo de gasto para el mismo, es decir, si por conceder una hipoteca a un cliente, a la entidad le supuso algún tipo de desembolso económico. Pero como habrás podido intuir, esto nunca ocurre, entonces, cobrar por no hacer nada o, mejor dicho, cobrar sin que haya tenido ningún tipo de coste para el banco, es ilegal.
Es labor del banco demostrar que realmente la gestión de apertura de una hipoteca sí le supuso un gasto, como verás, es una situación complicada para los bancos porque en la mayoría de los casos es un servicio injustificable.
Como viene ocurriendo con otros gastos relacionados con la hipoteca, en la gran mayoría de las ocasiones, no se les daba a los clientes la oportunidad de negociar este concepto, es decir, que era impuesto por parte de las entidades bancarias. Se trata, por tanto, de una situación desigual para el cliente. Primero este en ningún momento había solicitado dicho servicio y, en segundo lugar, el consumidor no estaba en la misma situación porque directamente no se le daba opción de negociar, mostrar su opinión o ser conocedor de qué producto estaba adquiriendo.
¿Cómo reclamar?
Si compruebas que finalmente se te cobró el gasto de dicha comisión sin que le supusiera ningún tipo de coste real a la entidad financiera, deberá de ser esta la que muestre lo contrario. Por lo tanto, el primer paso a seguir para reclamar sería presentar un escrito dirigido a la entidad financiera con la que tengas contratada tu hipoteca, en el que explique cuál es tu reclamación, así como poner un periodo de tiempo máximo en el que esperas recibir una contestación de su parte.
Después, si no contestaran o mostraran su negativa, sería pasar a la vía judicial para poder presentar la correspondiente demanda, donde se solicitará su nulidad por ser una cláusula abusiva.
En Coraza Legal, garantizamos el éxito de tu proceso, más del 98% de las sentencias ganadas nos avalan. No lo dudes y ponte en contacto con nosotros y recupera tu dinero.