¿Cómo saber si debo pagar la plusvalía? ¿Quién debe pagar la plusvalía municipal?¿Cuándo se paga la plusvalía?
Son numerosas las consultas que nos han hecho los clientes en torno al asunto de la Plusvalia Municipal. Este polémico impuesto, conocido como el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, afecta a inmuebles urbanos, no a los rústicos, y al suelo, no a la construcción elevada sobre él.
LA PLUSVALÍA MUNICIPAL EN DATOS
Te damos algunos escalofriantes datos. La Plusvalía Municipal aporta más de 2.000 millones de euros a los ayuntamientos españoles. En base a la ley, este impuesto se vincula con la revalorización que ha experimentado el suelo en el que está construido el inmueble, que habitualmente siempre aumenta de valor con el paso del tiempo, lo que conlleva que en la mayoría de las ocasiones una vivienda se venda a ganancias, es decir por un precio más alto del que costó.
Esta generalidad ha hecho en los últimos tiempos que la Plusvalía Municipal se haya hecho extensa a todos los vendedores de inmuebles. Pero, siempre hay excepciones. Y existen ocasiones en las que una vivienda se vende a pérdidas, o lo que es lo mismo, a un precio menor de lo que costó.
UN IMPUESTO INCONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional se posicionó frente a estas situaciones en las que las ventas generan pérdidas y declaró inconstitucional la Plusvalía Municipal en estos casos.
Aún así, y por desgracia, prácticamente todos los ayuntamientos de España siguen cobrando el impuesto en los casos de pérdida.
LA ÚNICA VÍA ES RECLAMAR JUDICIALMENTE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL
Por eso, y viendo la cantidad de jurisprudencia favorable en torno al cliente en los últimos tiempos, la única salida para recuperar lo pagado por la Plusvalía Municipal cuando haya habido pérdidas es reclamar por la vía judicial.
Desde Coraza Legal contamos con un despacho de expertos especializado en reclamaciones por la Plusvalía Municipal, así que si has perdido por la venta de tu inmueble, puedes reclamar. Nosotros llevaremos tu caso de la manera más profesional, y si no ganas, no nos pagas nada. Si la respuesta es favorable, sólo nos tendrías que pagar el 10% de la cantidad recuperada. La Ley te ampara.
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