Estoy de mudanza ¿cómo reclamo por pérdida o daño de mis pertenencias?

¿cómo reclamo por pérdida o daño de mis pertenencias?

Un nuevo negocio, un piso a estrenar o la apertura de un local para almacenaje. El inicio de cualquiera de estos tres escenarios requiere de tiempo, esfuerzo y una mudanza, la cual en ocasiones puede traernos un buen quebradero de cabeza, sobre todo si hemos sufrido alguna rotura de muebles u objetos personales. Te traemos entonces, unos consejos a tener en cuenta para evitar sorpresas desagradables (o para reclamarlas, si es preciso).

 

 

He contratado a profesionales del sector.

 

Una empresa profesional especializada en mudanza es la mejor garantía. Son los únicos que cuentan con las coberturas y los conocimientos necesarios para evitar cualquier contratiempo. Antes de proceder habría que firmar un contrato por el cual la empresa debe transportar el mobiliario desde un punto a otro y realizar las operaciones de carga, descarga y traslado de los objetos (esto no conlleva embalaje ni desembalaje) siempre teniendo en cuenta que son legales las clausulas suelo. Este contrato debe acompañarse junto con el presupuesto y ser entregado al cliente antes de la mudanza. Puede exigirse un inventario que deje constancia de los objetos a trasladar. Las empresas están obligadas por ley a tener un seguro de responsabilidad civil que cubre cualquier desperfecto que desvirtúe el valor o el uso de nuestros objetos. Este seguro se contempla en el contrato según explica en su web la federación española de empresas de mudanzas (fedem), que representa a 195 empresas del sector, 4.500 trabajadores y 1.800 vehículos.

 

 Como consejo, es una buena opción realizar una fotografía de los objetos más preciados para poder reclamar, en caso de daño o pérdida.

 

He contratado a profesionales, pero aun así he tenido daños en algunos de mis objetos personales.

 

El contrato de responsabilidad civil obliga a las empresas a indemnizar al cliente si se produce algún desperfecto o pérdida. Si esto ha ocurrido, tienes que contactar con la empresa y presentar una reclamación por email o fax en un plazo de 24 horas. En ella tiene que reflejarse el daño sufrido en el objeto.

Si nos hemos dado cuenta de su rotura o pérdida cuando lo han trasladado a nuestro nuevo espacio, hay que dejar constancia a los transportistas/auxiliares en ese mismo momento para que ellos tomen nota en la reclamacion .

 

Ya he reclamado pero la empresa no se ha hecho cargo, ¿a quién me dirijo?

 

Podemos recurrir por otra vía, si la empresa no se ha hecho cargo, es  vía se trata de las Juntas Arbitrales de Transporte, dependiente del Ministerio de Fomento. Estas Juntas están presentes en todas las Comunidades Autónomas y se encargan de las reclamaciones vinculadas al transporte terrestre y las mudanzas. Esta reclamación es gratuita y puede llegar a indemnizar al cliente por un valor de hasta 12.000 €, según la última modificación de la ley de ordenación de transporte terrestre (LOTT).

Estas Juntas son el intermediario entre el cliente y la empresa, e intentan alcanzar un acuerdo sin llegar a la vía judicial. Aun así, hay que tener en cuenta que hay empresas que no aceptan esta negociación con las Juntas. En ese caso, habría que denunciar mediante vía judicial. 

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