Imagina que vas por la calle tranquilamente paseando. De repente, tropiezas con algo y te caes. Te has roto el brazo. ¿Despiste por ir mirando el móvil o mal estado de la vía? ¿Qué ha podido pasar?
Han podido pasar varias cosas. Aquí te contamos algunas de ellas. Frecuentemente, el mal estado de la vía pública puede ocasionar accidentes como golpes o caídas que pueden derivar en lesiones leves o graves.
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Situaciones que pueden darse en la vía pública
Algunas de las situaciones más recurrentes que pueden ocurrir en la vía pública son:
- Caídas de árboles
- Caída del tendido eléctrico
- Rotura del pavimento / mal estado de las losas
- Grietas en la calzada
- Caída de escombros de un edificio
¿Cuándo tienes derecho a indemnización?
Si por cualquiera de los motivos anteriormente mencionados, te has lesionado, tienes derecho a una indemnizacion por accidente. Pero, obviamente no en todas las ocasiones. Únicamente en aquellas en las que se acredita el mal estado de una zona urbana.
¿De quién es la responsabilidad?
Si conseguimos acreditar el mal estado, el Ayuntamiento es el responsable de cualquier incidencia que pudiera tener lugar y será el encargado de indemnizar a la persona que sufra las lesiones.
Cada caso deberá ser estudiado de manera concreta e individualizada y, en este caso, no se aplicaría el baremo de indemnizaciones de tráfico (este baremo es aplicable, por ejemplo, a las lesiones derivadas de una agresión).
¿Cuáles son los pasos para acreditar el mal estado de la vía pública?
- Para acreditar que el motivo de tu caída o golpe ha sido el mal estado de la calzada y no un simple despiste, la primera acción que tienes que hacer tras la caída es pedir los datos a cualquier viandante que te haya podido ver para que se convierta, automáticamente, en testigo de los hechos.
- Después de avisar a la gente que te haya podido ver, llama a la policía para que levanten un atestado policial.
- En el momento que puedas, acércate a tu médico de cabecera para que levante un parte de lesiones.
Cuando tengas los datos del viandante testigo, el atestado policial y el parte de lesiones, es el momento de iniciar el proceso de reclamación.
El art. 32 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es el que responsabiliza a las administraciones públicas de los desperfectos en mal estado que se puedan acreditar. Este artículo afirma que:
“Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley”.
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Desde Coraza Legal, contamos con un departamento especializado en accidentes en la vía pública y nos encargamos del proceso para que obtengas la indemnización adecuada si te has visto afectado, así que cuando te hagas con toda esa documentación, ponte en contacto con nosotros. Vamos a ayudarte.
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