¿Puedo reclamar el IRPH después de la reunión del pasado 25 de febrero?

¿Puedo reclamar el IPRH después de la reunión del pasado 25 de febrero?

Como lo hemos mencionado en nuestro artículo anterior, el pasado 25 de febrero se llevó a cabo una de las reuniones financieras más esperadas del año; en la cual se definiría el destino del IRPH, impuesto añadido por las entidades bancarias a miles de préstamos hipotecarios y que a la fecha ha dejado a muchos españoles afectados económicamente, quienes alegan falta de transparencia y de información durante la firma del proceso. Pese a lo anterior la decisión se ha dejado prevista para el 24 de junio. Ante este panorama surge una duda general, ¿es posible seguir reclamando hasta que se dé la sentencia final del impuesto? Es lo que veremos a continuación.

La reunión del pasado 25 de febrero ha llamado la atención de diferentes círculos financieros y económicos de toda España, y no es para menos ya que el IRPH de ser considerado como nulo y abusivo, obligaría a la banca a devolver una suma considerable entre los 4.000 y los 44.000 millones de euros.

 

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Pero ahora como debemos esperar hasta el mes de junio para recibir una respuesta contundente, deberemos tener en cuenta que podrás seguir reclamando bajo las causales establecidas:

  • Información completa y clara: una de las obligaciones primordiales de las entidades bancarias está en relación con el informar al cliente sobre todo lo concerniente al servicio que está adquiriendo. Por lo tanto, si tu caso es contrario a este valor inicial, puedes reclamar.

 

  • Transparencia: una de las razones más comunes a la hora de llevar a cabo un proceso de reclamación, es la falta de transparencia; y este ha sido uno de los puntos más criticados del impuesto, ya que ante los ojos de las víctimas y de los expertos, la falta de control de parte del banco de España hace del IRPH un importe fácilmente manipulable. Así que, de ser establecido en tu préstamo sin previa consulta, puede ser considerado una inexactitud grave y por lo tanto puede ser reclamable.

 

  • Retroactividad: el movimiento de retroactividad del IRPH es muy similar al que ocurrió con la cláusula suelo, pues esta se caracterizó por ser limitada. Y recordemos que la cláusula suelo es considerada hoy, nula y abusiva.

Como puedes darte cuenta, mientras existan razones que demuestren que la aplicación del IRPH fue deliberada y cuestionable, tienes el derecho de reclamar.

 

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