¿Cuáles son los gastos de hipoteca reclamables por los usuarios?

cuales son los gastos de hipoteca reclamables por los usuarios

En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo dictó la primera sentencia sobre los gastos de hipoteca reclamables. A partir de esta fecha se inició una larga batalla judicial entre las entidades financieras y los clientes, incrementada por los cambios de criterio del tribunal. Ello generó una gran polémica y dio lugar a multitud de manifestaciones y enfrentamientos entre la clase política y la banca. Aparte, esta situación había desembocado en una fuerte inseguridad sobre los procedimientos judiciales abiertos.

Todo el mundo se preguntó si era una injusticia lo que estaba sucediendo; ¿te lo pareció a ti?

Hay que destacar dos fechas clave:

 

  • a) Noviembre 2018. El Tribunal Supremo establece, de forma definitiva, que el impuesto sobre actos jurídicos documentados corresponde abonarlo al cliente.
  • b) Enero 2019. El Tribunal Supremo fijó doctrina, en cinco sentencias dictadas el mismo día, con el reparto definitivo del resto de gastos asociados a la compraventa de un inmueble con hipoteca.

 

Ahora bien, el resto de gastos se podrá continuar reclamando.

 

Gastos hipotecarios reclamables

 

Para conocer los gastos hipotecarios que se pueden reclamar, tienes que conocer el criterio que marcó el Tribunal Supremo a comienzos de este año. Dicho esto, determinó el pago de los gastos de forma igualitaria como criterio general.

La cantidad a reclamar dependerá del préstamo hipotecario que se solicitó en su momento, por lo que no se puede determinar la cantidad exacta sin analizar las escrituras y las facturas previamente.

Si necesitas ayuda para calcular los gastos o para analizar los documentos, acude a una gestoría o a un despacho de abogados.

 

También te va a interesar: Nuevo caso de éxito de Coraza Legal en la reclamación de gastos hipotecarios

 

Impuesto sobre actos jurídicos documentados

 

Tras la sentencia de noviembre de 2018, el Gobierno impulsó un cambio legislativo mediante real decreto, por el cual son las entidades financieras quienes asumirán el citado impuesto. El mencionado edicto entró en vigor el 9 de noviembre del pasado año y, teniendo en cuenta que el Tribunal Supremo se decantó a favor de las entidades financieras, este impuesto no es reclamable.

¿Sabías que este tributo era la cifra de mayor cantidad que se podía reclamar? Por este mismo motivo, causó tanta polémica que finalmente la justicia se decantará por las entidades financieras.

 

Gastos notariales

 

El fallo estableció que los gastos de notaría deberán asumirse de forma igualitaria por ambas partes, así como los posibles cambios en el préstamo hipotecario. Además, se dictaminó que el gasto de cancelación correspondía al cliente. La sentencia también estableció que las copias que se soliciten de estos documentos deberá abonarlas quien las solicite.

 

Gastos hipotecarios reclamables

 

Gastos de registro

 

El Tribunal Supremo estimó que el coste de inscribir la hipoteca en el registro corresponde al banco, ya que es la parte interesada en la inscripción.

 

Gastos de asesoría

 

Este también tendrá que abonarse al 50 % por ambas partes, tal como se indica en la sentencia.

 

Tasación

 

Los órganos superiores judiciales nunca se han pronunciado al respecto, es decir, sobre quién debe asumir este gasto. En un principio, tendrá que asumirlo el cliente, ya que es un paso previo para conseguir la financiación necesaria para que adquieras el inmueble.

 

Comisión de apertura

 

En este caso, se considera que no es una cláusula abusiva, debido a que forma parte del precio del préstamo.

Debido a la nueva doctrina fijada por el Tribunal Supremo, ahora existe más claridad y más seguridad jurídica para reclamar los gastos hipotecarios en base los nuevos criterios fijados y debido al cambio legislativo que hubo.

Si no te decidiste a reclamar los gastos por la polémica generada, ahora es el momento.

 

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