¿Qué documentación necesito para reclamar los gastos de hipoteca?

¿que documentacion necesito para reclamar los gastos de hipoteca?

Tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo en relación a los gastos de hipoteca, son numerosos los clientes que nos han preguntado si les compensa seguir reclamando los gastos de hipoteca. Para la respuesta no hay lugar a dudas: sí, compensa.

 

La reciente sentencia del Tribunal Supremo aclara que el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), correrá a cargo de los consumidores, posicionándose así a favor de la banca. Aun así, el resto de gastos como los gastos de Notaría, Registro, Tasación y Gestoría se pueden recuperar.

¿Cómo reclamar los gastos de hipoteca?

Reclamar los gastos de hipoteca nunca antes fue tan sencillo. Puedes presentar una reclamación formal a la entidad bancaria con la que formalizaste la hipoteca, pero la respuesta a esta reclamación suele ser negativa o nula. Por eso, la única vía posible para la recuperación de estos gastos es la judicial.

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¿Qué documentos necesito?

Para reclamar los gastos hipotecarios mediante la vía judicial, la documentación que necesitamos es la escritura del préstamo hipotecario, la factura del notario, la factura del registro, la factura del tasador, la factura de la propia gestoría, el justificante del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y una copia de DNI/NIE o Pasaporte.

Para solicitar una copia de la factura del notario, puedes hacerlo en la notaría en la que firmaste la hipoteca. Para la factura del registro, en el propio registro donde inscribiste la hipoteca. Para la copia de la factura del tasador, acércate a la empresa que tasó tu vivienda. Para la copia del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, te lo darán en la oficina liquidadora de tu comunidad autónoma. Aunque hayas cancelado tu préstamo, aún podemos reclamar las facturas de notario, registro y gestoría que ya has pagado.

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

No existen límites en el tiempo para reclamar, ya que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Luxemburgo consideran que es una cláusula abusiva, que infringe el derecho español y europeo.

¿Por qué elegir el método Coraza Legal?

Desde Coraza Legal, contamos con un departamento especializado en este asunto. Tanto es así, que el 100% de las sentencias de nuestros clientes en relación a los gastos de hipoteca han sido favorables. Además, si el cliente no gana, no nos paga nada. Si la sentencia es favorable, el cliente únicamente nos paga el 10% de la cantidad recuperada + IVA. Así que, si te has visto afectado, no lo dudes. Reclama, nosotros podemos ayudarte.

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