Después de que haya salido la sentencia, son muchos los consumidores que se preguntan si pueden reclamar IRPH. Hay unos pasos que puedes seguir y una serie de elementos que debes tener en cuenta.
¿Puedo reclamar los intereses de mi hipoteca?
Puedes hacerlo, pero debes recordar que el cálculo no lo hará el juzgado. Es decir, es importante que solicites dicha liquidación porque este no lo hará de oficio. A continuación, debes mirar si tu caso se recoge en el fallo de la sentencia. A partir de aquí, puedes liquidar los intereses.
Otro factor importante a tener en cuenta para saber si se pueden reclamar los intereses es que las conclusiones crean jurisprudencia y, por tanto, un precedente. No obstante, esto no implica que sea vinculante. Los jueces suelen seguir la línea, pero tienen independencia en la interpretación de la ley.
¿Cómo se calcula?
Para calcular el IRPH debes conocer el tipo de interés del banco. Si en tu caso, la hipoteca estaba referenciada al euríbor, la sentencia no engloba tu caso. La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) solo afectará a quienes las tuvieran referenciadas al IRPH.
¿Cómo saber si mi caso entra en la sentencia del IRPH?
El primer paso a dar para saber si tu caso entra o no en la reciente sentencia del IRPH es saber a qué índice se referenció tu hipoteca. Normalmente, dentro de tu escritura hipotecaria, podrás encontrar esto mencionado de forma explícita, y con frecuencia en la cláusula tercera.
Debes saber que el IRPH se puede reclamar, aunque no se constituyera un préstamo hipotecario, ya que muchas garantías hipotecarias se realizaban con sus propias conclusiones. Por tanto, puedes reclamar si subrogaste la hipoteca mediante una fuente de financiación, un tercer particular o un promotor o constructor o si suscribiste el préstamo hipotecario. No obstante, no podrás si la solicitud del préstamo la realizaste como autónomo o empresa.
¿Cómo se reclama?
A continuación de aquí, debes reunir cierta documentación. Principalmente, las novaciones o ampliaciones si hay, la escritura del préstamo, así como el último recibo del préstamo. A continuación, deberás reclamar primero de manera extrajudicial al banco que te concedió la financiación, y siempre por escrito. Se puede hacer en cualquier oficina, aunque es recomendable un abogado que tenga en cuenta los detalles para que no se considere nulo posteriormente.
Tras la reclamación, lo más frecuente es que te den una negativa, afirmando que firmaste ante notario y considerando que la cláusula es correcta. Otra posibilidad es que te cambien el IRPH por el euríbor. No es lo más frecuente, pero sería lo ideal. Por último, una tercera opción es que no te respondan, a pesar de que están obligados a hacerlo en dos meses.
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Si no te contestan o la respuesta es negativa, hay que pasar a la demanda judicial. En este tipo de demanda se tienen que considerar todos los detalles de la cláusula y del caso concreto de tu préstamo hipotecario, o de la subrogación que hiciera. Puesta la demanda, el banco podría acabar sustituyendo el IRPH por el euríbor, reconociendo que la cláusula era abusiva o bien, oponerse a la misma, en cuyo caso será decisión del juez. Aquí es donde cobra especial importancia el precedente que ha sentado el TJUE en la materia con la sentencia del IRPH.
Reclamar el IRPH de forma exitosa es posible ahora que la justicia europea ha fallado en favor de los consumidores. No obstante, para conseguir la indemnización máxima posible, es recomendable que te pongas en manos de profesionales.