Una de las situaciones más desfavorables a la hora de salir a vacaciones es programar tu vuelo y que éste se retrase. Aunque es una situación común y de la que varios clientes hacen caso omiso, queremos contarte que tienes derechos estipulados por la ley; ¿cuáles son? Toma nota porque te los explicaremos más adelante.
Llegar al aeropuerto, con maleta lista y con toda la energía en pro de unas maravillosas vacaciones, se pueden ver opacadas por la mala noticia de que tu vuelo a sufrido un atraso. Sabemos que no todo depende de las aerolíneas, pero también sabemos que has pagado por tu billete de avión y por lo tanto tienes derechos que deben ser suplidos.
Recuerda, como pasajero los derechos que deben ser retribuidos por parte de las aerolíneas, dependen del tiempo que tengas que esperar por tu vuelo.
¿A qué tienes derecho?
Ten en cuenta que todo lo concerniente a tus derechos y a la información que debes recibir, se encuentra contenido en el Reglamento (CE) 261/ 2004 del Parlamento Europeo y del Concejo del 11 de febrero de 2004, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, así como en la legislación de la Unión Europea.
-
Derecho a información:
Es el primer y el más importe de tus derechos, ya que esto permite que entiendas más ampliamente tu situación, así como las complicaciones que generaron el retraso de tu vuelo. La información debe ser otorgada por medio de un impreso, en donde la aerolínea te dé a conocer las normas estipuladas frente a la política de compensación y asistencia.
-
Derecho a asistencia:
Dependiendo el tiempo que debas esperar, la aerolínea deberá ofrecerte comida y bebida, así como mínimo dos llamadas telefónicas o mensajes y correo electrónico. Hay que tener en cuenta que, de ser meritorio, la aerolínea deberá correr con TUS gastos de alojamiento.
-
Derecho a indemnización:
Solo tienes derecho a recibir indemnización pasadas tres horas del retraso de vuelo. Dicha indemnización se establece de la siguiente manera:
250 euros para vuelos inferiores a 1.500 km.
400 euros para vuelos entre 1.500 y 3.500 km.
600 euros para vuelos superiores a 3.500 km.
-
Derecho a reembolso:
Este solo se podrá hacer efectivo cuando ya hayan pasado cinco horas de retraso y solo en el caso de que decidas no viajar. Para esta situación, deberás recibir en un plazo no mayor a siete días, la totalidad de lo que pagaste por tu billete de avión.
-
Derecho a transporte alternativo:
Este derecho únicamente se tiene en cuenta pasadas más de cinco horas de retraso de vuelo y cuando hayas optado por no solicitar un reembolso por el valor integro de tu billete. Así pues deberás recibir un transporte en las mismas condiciones que te lleven a tu destino. Recuerda que puedes elegir la fecha de partida, teniendo en cuenta la disponibilidad de asientos ofrecida por la aerolínea.
No olvides que tienes derechos que se deben ver reflejados en la cantidad de tiempo que tengas que esperar por tu vuelo. En esta época de vacaciones ten en cuenta que un retraso de vuelo puede significar el no disfrutar plenamente de tus días libres.
Te puede interesar: ¿Qué debo saber para llevar a cabo una reclamación por retraso de vuelo?
Reclamar es la base fundamental para minimizar los conflictos futuros con las compañías aéreas, así que toma las riendas de la situación y de verte afectado, no dudes en reclamar. Si deseas mayor información no dudes en contactarnos. La asesoría profesional que ofrecemos desde Coraza Legal te permitirá asegurar tus derechos e intereses.
Así que no dudes y reclama.