¿Qué son los daños y perjuicios?
Se definen como el menoscabo que sufre una persona a costa de la actuación de otra. Por lo tanto, se trata del daño o perjuicio que sufre una persona por la actuación negligente de otra dentro del ámbito contractual o extracontractual.
¿Qué tipos de daños y perjuicios existen?
A grandes rasgos existes dos tipos de daños y perjuicios que pueden ser reclamados:
- Los que derivan de una responsabilidad contractual: Son aquellos daños y perjuicios ocasionados con motivo del incumplimiento de las condiciones de un contrato entre las partes. El mismo viene regulado en el articulo 1101 del Código Civil que determina que “quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas”
- Los que derivan de una responsabilidad extracontractual: Son aquellos daños ocasionados entre el afectado y una tercera persona, sin que entre ellos exista relación contractual alguna. El mismo viene regulado por el artículo 1902 del Código Civil que determina que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”
Explicado lo anterior es importante recordarnos que la indemnización de daños y perjuicios en el ámbito civil ofrece un carácter reparador y no punitivo o sancionador. Es decir, con la correspondiente reclamación por daños y perjuicios se persigue conseguir que el infractor repare el daño o perjuicio ocasionado, no que sea sancionado por ello.
¿Cuáles son los requisitos para considerar que se me ha ocasionado un daño o un perjuicio?
Básicamente son cuarto los requisitos exigidos para entender que una persona se la ha ocasionado un daño o un perjuicio:
- Que exista un incumplimiento culpable de la obligación que les vincula (únicamente aplicable al supuesto de responsabilidad contractual)
- Imposibilidad de cumplir la obligación de otro modo distinto a la entrega del equivalente en dinero (pecuniario)
- Deben existir daños y perjuicios en el patrimonio del deudor (mención aparte sobre el daño moral)
- Que exista nexo causa, es decir que el daño o perjuicio se produzca por la conducta negligente directa de la persona que lo ocasiona en relación con el daño o perjuicio causado
¿Cuál es la indemnización por daños y perjuicios que puedo solicitar?
Los daños puedes ser tanto materiales, como personales e incluso morales por lo que la indemnización que te corresponda dependerá directamente del daño o perjuicio generado por la conducta negligente de la persona que lo ha ocasionado. Los mas frecuentes son los siguientes;
Daño emergente
Viene regulado en el articulo 1106 del Código Civil y hace referencia al valor de la perdida que haya sufrido el perjudicado. Por lo tanto, se trata de la perdida real y efectiva derivada del incumplimiento o actuación negligente que ha ocasionado el daño o perjuicio.
Luco cesante
También viene regulado en el articulo 1106 del Código Civil y hace referencia a la ganancia que el perjudicado ha dejado de obtener con motivo del incumplimiento o actuación que ha ocasionado el daño o perjuicio.
Daño Moral
Hace referencia al daño o perjuicio moral ocasionado con motivo del incumplimiento. No obstante, a efectos jurídicos son bastante complicados de acreditar.
Explicado lo anterior debéis saber que a tenor del articulo 1107 del Código Civil, los daños y perjuicios de los que responde el deudor de buena fe son los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento mientras que e en caso de dolo responderá el deudor de todos los que conocidamente se deriven de la falta de cumplimiento de una obligación». Por lo tanto, ante un daño y perjuicio ocasionado es muy importante determinar si el deudor ha actuado de e buena fe o no.
Por eso es imprescindible contar con el asesoramiento legal de un abogado experto en la materia, el cual podrá determinar si se dan los requisitos para solicitar una indemnización por daños y perjuicios, así como para calcular el daño emergente y el lucro cesante correspondiente al daño o perjuicio ocasionado.
En Coraza Legal somos expertos en este tipo de reclamaciones, por lo que si consideras que has sufrido un daño o un perjuicio no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo de expertos te asesorará para conseguir la indemnización que te corresponde. Además recuerda que la reclamación de daños y perjuicios está incluida dentro de las modalidades de reclamación existentes (Coraza Classic, Coraza Total o Coraza Premium), por lo que podrás reclamar tu indemnización de manera totalmente gratis y sin adelantar ni un solo euro.
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