Custodia compartida: casos más comunes y derechos de los progenitores

Custodia compartida: casos más comunes y derechos de los progenitores

La custodia compartida representa una de las formas de guarda y custodia, recogidas en el derecho de familia. Consiste en fijar un régimen de custodia de los hijos en relación con ambos progenitores, en igualdad de condiciones y con las mismas obligaciones y derechos.

Tipos de tutela compartida

Pueden distinguirse varios tipos de esta fórmula de cuidado compartido. El primero tiene que ver con el domicilio en el que viven los hijos y el segundo tiene que ver con el tiempo que los vástagos vayan a quedarse con los progenitores.

Custodia según el lugar de residencia de los hijos

1. Coexistencia de la custodia. Hay que decir que este caso se da muy poco, ya que implica que los progenitores deben vivir bajo el mismo techo. Y esta situación no resulta sencilla cuando no existe una buena relación entre ambos.

2. Existencia de un domicilio permanente de los hijos. Estos se quedan siempre en el mismo hogar, que suele ser la vivienda familiar. Por su parte, los padres tienen el derecho de usar la casa en periodos alternos. Esta modalidad tiene la desventaja de tener que disponer de tres viviendas, lo cual puede resultar bastante caro.

3. Tutela partida o distributiva. Es un tipo de cargo compartido es muy poco común que se produce cuando los padres se “reparten” los hijos. Los jueces son reticentes a otorgar este régimen de cuidado compartido, puesto que eso supone separar a los hermanos.

4. El domicilio de los niños va rotando. En esta modalidad los padres disponen de una vivienda cada uno y los hijos se van trasladando de una residencia a otra, respetando los periodos de estancia en cada casa. Se trata de la opción más frecuente.

5. Custodia a un tercero. Tiene lugar cuando ni el padre ni la madre pueden acceder a la custodia de sus hijos como, por ejemplo, en caso de incapacidad o muerte.

Custodia dividida según el tiempo de permanencia

Tutela por igual tiempo de permanencia. El juez determinará, según las circunstancias en cada caso, el periodo de tiempo que los menores permanecerán con cada progenitor. En la mayoría de las ocasiones, lo normal es que se establezca el mismo lapso de tiempo para el padre y la madre. No obstante, esto dependerá de las condiciones y circunstancias de cada caso.

Custodia por distinto periodo de permanencia. Esta modalidad contempla que uno de los progenitores deberá pasar más o menos tiempo con los hijos. Una de las razones más habituales por las que se establece este tipo de cargo compartido de los menores suelen ser motivos de trabajo.

Derechos de los progenitores

En primer lugar, el dictamen para el cuidado compartido de los hijos no implica que el padre y la madre deban aportar la misma cuota para los gastos. Esta va a depender de la capacidad monetaria de cada progenitor.

De esta manera, aquel que goce de mayores ingresos será quien haga una mayor aportación económica. Si hay una diferencia muy grande, también pasará una pensión alimenticia.

En segundo lugar, el uso del domicilio familiar no será siempre compartido. Esto quiere decir que solo habrá un reparto equitativo del mismo hasta la liquidación de la vivienda familiar.

Para finalizar, puede ocurrir que los progenitores no disfruten del mismo número de días con los hijos. En el caso de uno de los padres no pueda estar el tiempo que le corresponde por motivos de trabajo, el reparto puede no resultar totalmente equitativo.

En conclusión, la tutela compartida está orientada a que ambos progenitores sigan disfrutando de sus hijos y estos no resulten perjudicados de ninguna manera. Por ello, en caso de necesidad, es recomendable dejarse asesorar por un abogado de familia, quien sabrá orientar a los padres durante todo el proceso.

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