Comisiones en mantenimientos de cuentas bancarias, qué derechos nos amparan

Comisiones en los mantenimientos de cuentas bancarias, qué derechos nos amparan

Las comisiones en mantenimientos de cuentas bancarias son montos que las entidades bancarias nos cobran por prestar sus servicios, tales como realizar transferencias, cargos en nuestras cuentas o contar con una tarjeta de débito. Son cargos cobrados por servicios prestados realmente y aceptados o solicitados por el usuario mediante un contrato.

Derechos del cliente que posee una cuenta bancaria

  1. Como clientes, tenemos el derecho de contar con toda la información pertinente para decidir si aceptamos el pago de las comisiones bancarias. Esta información debe estar disponible gratuitamente para ser revisada tanto en las oficinas comerciales de las entidades bancarias como en sus páginas web particulares y en la web del Banco de España.
  2. Otro de nuestros derechos es el de no pagar comisiones por servicios que no hemos recibido. No es legal que una entidad de crédito pueda cobrar comisiones si estas no están reflejadas en el contrato del producto o servicio contratado. Tampoco pueden cobrar comisiones altas por sus servicios financieros, ya que estas cuotas deben ser consecuentes con los gastos reales ocasionados.
  3. Las entidades bancarias suelen cobrar comisiones abusivas en muchos de sus productos. Si nos damos cuenta de estos abusos, tenemos el derecho a interponer una reclamación y conseguir que el banco nos devuelva el dinero sin ir a juicio.
  4. Desde el Banco de España, está considerada una mala práctica de las entidades bancarias cobrar comisiones por el uso de una tarjeta bancaria en cajeros automáticos que pertenecen a la misma red. Por tanto, si utilizas cajeros de la misma red, ya sea Servired, Euro6000, Telebanco o 4B, tienes derecho a no pagar dicha comisión aún cuando el cajero pertenezca a otro banco.
  5. Algunos bancos cobran a sus clientes comisiones por servicios que no han prestado, generalmente por transacciones como gastos de transferencia cuando hay un traspaso de dinero o un estudio de préstamos cuando realmente no se ha hecho ese estudio previo. Es evidente que tienes derecho a reclamar por el cobro de dichas comisiones y solicitar su reintegro.
  6. Está establecido que las comisiones solo se cobran una vez, pero en muchas ocasiones los bancos nos cobran varias veces comisiones por el mismo concepto. Esto ocurre cuando una entidad quiere volver a cobrar la comisión de estudio de una hipoteca, duplicar el cobro por preparar los documentos para cancelación de hipoteca o cobrar comisiones más de una vez por existir varios titulares en la cuenta. al igual que en el caso anterior, tienes derecho de solicitar el reintegro.
  7. Cuando tenemos cuentas bancarias que no utilizamos, el banco no puede cobrarnos ninguna comisión de administración o mantenimiento, ya que la cuenta no le genera ningún tipo de gastos al banco.

¿Cómo proceder cuando tenemos problemas con las entidades financieras?

Si tenemos problemas con comisiones abusivas de los bancos, lo que debemos hacer es presentar una reclamación ante la entidad. Generalmente, cualquier banco deberá contar con departamentos preparados para atender a sus clientes.

Existen dos tipos de órganos para este fin. El Departamento de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente son entidades que deben tener independencia suficiente para pronunciarse sobre los conflictos manifestados por los clientes.

En caso de que nuestra queja haya sido denegada, desestimada o que hayan transcurrido más de 60 días desde que fue presentada sin que nos hayan dado una resolución, podremos interponer una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

Como hemos mencionado antes, es un derecho fundamental del consumidor conocer cuáles son las comisiones que va a pagar, por lo que tenemos derecho de reclamar el cobro de comisiones de una entidad bancaria cuando son abusivas. Es necesario contar con un buen asesoramiento y estar bien informados para evitar estos cobros y realizar las reclamaciones pertinentes.

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