¿Qué comisiones bancarias no debe cobrarme mi banco?
Dentro de la infinidad de comisiones que cobran las entidades bancarias, hay varias que son ilegales, y por lo tanto no te las deben cobrar;
Comisiones de devolución de efectos impagados
Se trata de la comisión que te cobran si al ingresa un cheque o un pagaré para su cobro, este es devuelto por falta de fondos, el banco le cobra una comisión por dicha devolución la cual es totalmente Ilegal. El importe de la comisión oscila entre el 4,5 y el 6% sobre el importe del cheque/pagaré devuelto
Comisión de reclamación de Saldos deudores
Si se tiene alguna deuda con un banco, este cobra una comisión (que ronda los 35€) por el mero hecho de reclamar la devolución de ese dinero. De nuevo otra comisión bancaria ilegal que debe ser reclamada.
Comisión de mantenimiento de la cuenta (si esta se usa exclusivamente para el pago de la hipoteca)
Si con motivo de la concesión de un préstamo, la entidad prestataria te hace abrir una cuenta corriente para domiciliar los pagos, y esa cuenta se usa exclusivamente para esa función, la entidad bancaria no puede cobrarte comisión de mantenimiento de esa cuenta.
¿Porqué son ilegales?
Respecto de las dos primeras comisiones explicadas (de devolución y posiciones deudoras), las mismas son abusivas en cuanto a que las mismas no obedecen a un servicio realmente prestado, no están expresamente pactadas. En este sentido, la Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO (Sala 1ª) de fecha 25.10.2019 (566/2019) declara abusivas este tipo de comisiones toda vez entienden que las mismas se aplican de manera genérica a sus clientes, sin estar negociadas y/o pactadas de manera individual con cada cliente, además de considerar que las mismas no obedecen a ningún servicio efectivo que la entidad bancaria presente a sus consumidores.
Respecto de la comisión de manteamiento, la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15ª, Sentencia 128/2019 de 31 Ene. 2019, Rec. 1204/2017 ha declarado abusiva esta comisión si la cuenta corriente donde se cobra el manteamiento se usa exclusivamente para el abono de la hipoteca concedida por la entidad bancaria.
¿Qué puedo hacer para evitar que me sigan cobrando estas comisiones?
Lo primero sería solicitar al banco que desactive el cobro de estas comisiones en tu cuenta corriente, así como que te devuelva todas las cantidades cobradas por estos conceptos, haciendo alusión a la ilegalidad de estas.
No obstante, las entidades bancarias no suelen acceder a tal petición, por lo que la vía mas efectiva es la judicial, ya que muchas veces acceden a la devolución, pero vuelven a repercutir estas comisiones cuando se vuelve a producir alguna de las situaciones descritas anteriormente.
Por lo tanto, ya sea porque te han cobrado ya alguna vez estas comisiones, o bien porque simplemente quieres evitar que te las puedan cobrar, lo mas práctico es solicitar por la vía judicial la nulidad de la clausula por la cual las entidades están legitimadas a cobrarte estas comisiones.
Solicitando la nulidad de la misma conseguirás que un juez determine la abusividad de la misma, y obligue a la entidad bancaria a expulsar dicha clausula del contrato, momento desde el cual tu entidad no podrá cobrarte nunca mas la citada comisión de cualquier otra manera, aunque reclames al banco, y este te devuelvan lo cobrado por esas comisiones, siempre podrían volver a cobrártelas si te vuelve a dar la situación de descubierto en cuenta, o si se produce una nueva devolución de un cheque sin fondos, debiendo volver a reclamar de nuevo, y será así cada vez que te ocurra esto.
Por lo tanto, la única manera de atajar de raíz este problema es que un juez obligue a expulsar del contrato de cuenta corriente las citadas clausulas, ¡para que no puedan volver a cobrártelas nunca más!
En coraza Legal somos expertos en este tipo de reclamación. Además, recuerda que el servicio de reclamación de comisiones bancarias está incluido dentro de las modalidades de reclamación (Coraza Classic, Coraza Total o Coraza Premium), por lo que podrás reclamar tus comisiones bancarias de manera totalmente gratis y sin adelantar ni un solo euro.
Derecho bancario
Te puede interesar…