Hoy os traemos un nuevo caso de éxito en donde el equipo jurídico de Coraza Legal ha conseguido que el juzgado número 4 de lo mercantil, estime la demanda que presentaron dos pasajeros por la cancelación de su vuelo con destino Bucarest y que partía del aeropuerto de Madrid , Adolfo Suarez.
En este caso la compañía TAROM ha sido la condenada por la cancelación del vuelo que sufrieron dos de sus pasajeros, la cual, además, deberá no solo indemnizarles con más de 1800 euros a estos dos pasajeros , sino que deberá abonar , también, las costas del procedimiento.
En este sentido, los hechos se remontan al 31 de julio de 2020, cuando la compañía decidió cancelar el vuelo ante lo cual los pasajeros se pusieron en contacto con Coraza Legal, al efecto de informarse de si tenían derecho algún tipo de compensación. Tras ser informados de los mismo, y pese a interponer la correspondiente reclamación extrajudicial, la compañía Tarom decidió hacer caso omiso , obligando a estos dos pasajeros a acudir a la justicia ordinaria, al efecto de hacer valer sus derechos. Tras ello y tras presentar la correspondiente demanda el juez estimo íntegramente la demanda, condenando a la compañía.
En concreto en el fallo se acuerda ;
ESTIMAR la demanda formulada por D. GEORGEL VELEA y D.ª IULIANA VELEA frente a TAROM, condenando a la demandada a abonar a los demandantes la cantidad de 1.813,66 €, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de la presente resolución, momento a partir del cual y hasta el completo pago se incrementará en dos puntos el interés legal, con imposición de costas a la demandada
Así las cosas, resulta primordial recordar a todas las personas que van a viajar, la importancia de conocer sus derechos. Maxime cuando nos encontramos con sucesos como los explicados. En este sentido, resulta cada vez más frecuentes que las compañías aérea ante incidencias como retrasos, cancelaciones, o perdidas de equipaje, traten de compensar con bonos o ni si quiera eso a los pasajeros ,ocultándoles los derechos que les corresponden , concretamente las compensaciones establecidas por ley.
Para ello, es fundamental recordar que si nos encontramos en alguna situación similar, debemos interpones la correspondiente reclamación a la propia compañía aérea al efecto de que nos conteste y de una solución al incidente. Siendo el pasajero el que deberá optar, finalmente, por la solución que más le satisfaga , sin que por ello se renuncie a lo que por ley pueda corresponder.
En este sentido, es muy importante contactar con el asesoramiento de personas especializadas en este tipo de incidencias, y en Coraza legal tenemos un departamento especializado en ello. Recuerda que en Coraza Legal llevamos años defendiendo a nuestros clientes, siendo una referencia en sector, por lo que, si necesitas asesoramiento en casos similares o te has visto afectado por una circunstancia parecida, no dudes en contactarnos.
Os dejamos la sentencia para su lectura