Nuevo caso de éxito – BBVA también se allana en la reclamación de gastos hipotecarios

BBVA también se allana en la reclamación de gastos hipotecarios

En el artículo de hoy os traemos un nuevo caso de éxito obtenido por Coraza Legal en la reclamación de los gastos de la hipoteca. En el presente caso se trata de la sentencia dictada por el juzgado número 4 de Valladolid, la cual declara la nulidad por abusiva de la cláusula de imputación de todos los gastos al prestatario, así como obliga a la entidad a reintegrar las cantidades abonadas de más por la aplicación de la cláusula declarada nula. Literalmente, el fallo de la sentencia determina lo siguiente;

“Estimo la demanda interpuesta por la representación de xxx frente a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. declarando nula la cláusula quinta, de gastos, del préstamo hipotecario unilateral de 14 de mayo de 2015, eliminando la misma, condenando a la demandada a abonar al demandante mil ochocientos cuarenta y tres euros con cuarenta y nueve céntimos -1843,49€- (correspondiente a la mitad de los gastos notariales y la totalidad de los de registro, tasación y gestoría), más intereses legales desde los pagos, con imposición a la demandada de las costas procesales”

Lo interesante del presente procedimiento es que la entidad demandada, en este caso el Banco BBVA, se allanó a las pretensiones ejercitadas por Coraza Legal en su escrito de demanda, alegando buena fe por ello, y por consiguiente la no condena en costas al haber accedido a todas las peticiones contenidas en el escrito de demanda. No obstante, el juez titular del Juzgado número 4 de Valladolid determina la existencia de mala fe por  parte de la demanda, toda vez previa a la presentación de la demanda, el demandante se puso en contacto con la entidad, presentado la correspondiente reclamación ante el servicio de atención al cliente,  a fin de alcanzar un acuerdo amistoso, y de este modo evitar la vía judicial, cuestión a la que el Banco BBVA se negó, no dejando al cliente afectado más remedio que acudir  a los tribunales de justicia para reclamar la devolución de los gastos pagados de más, con el sobrecoste que ello supone.

En este sentido el juzgado explica que;

“La demandada en su escrito allanándose interesa no le sean impuestas las costas. Se refiere la demandada a que la reclamación previa era genérica, a la ausencia de desglose y concreción de los importes reclamados, si bien del examen de la documentación aportada por la actora resulta que reclamaba la mitad de los gastos de notario y gestoría y la totalidad de los de registro (conceptos procedentes en enero de 2020 conforme al criterio del Tribunal Supremo entonces vigente) y se aportaba documentación acreditativa de los importes, por lo que no cabe apreciar esta alegación de la demandada.

Sostiene igualmente BBVA que no cabe apreciar mala fe por ofrecimiento de pago realizado si bien no se acredita con la documentación aportada que se recibiera tal ofrecimiento, únicamente que se puso a disposición de correos, pero no que fuera recibido por los consumidores, y en cualquier caso la cantidad ofrecida -520€- era muy inferior a la reclamada -1099,34€-.

No estimando la reclamación, presentada conforme a las sentencias del Tribunal Supremo de 23/01/2019, ocasionó que el consumidor tuviera que acudir a la vía judicial procediendo, procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 395 de la LEC la imposición a la demandada de las costas procesales.” (Puedes consultar la sentencia integra al final de este artículo)

Explicado todo lo anterior, destacaros que si os habéis visto afectados por el cobro de todos los gastos de la hipoteca, aún estáis a tiempo de reclamar. ¡En Coraza Legal podemos ayudaros!

Ver sentencia

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