A finales del mes de mayo se estima que entre en vigencia la nueva Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario o mejor conocida como la Ley Hipotecaria, en la que se establece que la banca estará encargada de pagar todos los gastos derivados de los créditos hipotecarios, exceptuando la tasación. Por eso, algunos bancos han decido empezar a aplicar la nueva norma con el fin de adentrarse en el cambio. A continuación, te contaremos más al respecto.
El pasado jueves 14 de febrero la Ley Hipotecaria pasó por su último trámite parlamentario, con el fin de proceder ante la publicación respectiva en el BOE, junto con las modificaciones realizadas. Dentro de las especificaciones pactadas se encuentra un cambio drástico, y es que gran parte de los gastos relacionados a la contratación y firma de hipotecas, pasarán a ser responsabilidad del banco, quedando así: los gastos de gestoría, notaría y registro corresponderán a la entidad bancaria, mientras que los de tasación y copias notariales pasarán por cuenta del cliente.
Hay que tener en cuenta que el polémico Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) aunque fue considerado por el Tribunal Supremo, ante decreto, como gasto bajo responsabilidad del cliente, en la nueva ley será el banco el directo responsable.
La ley va tan en serio que ya son varios los bancos que se han sumado a la aplicación de la normatividad en la contratación de gastos hipotecarios, entre estos encontramos:
- Banco Santander.
- Pibank.
- CaixaBank.
- ING.
- BBVA.
- OpenBank.
- Caja Rural del sur.
- MyInvestor.
Aunque muchos celebran esta ley, algunos expertos afirman que los créditos subirán su valor y terminarán perjudicando al cliente. Sin embargo, es un panorama que dependerá de cómo se mueve el tema financiero durante los primeros meses de su aplicación.
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¿Qué aspectos podemos encontrar en la ley hipotecaria?
- Los bancos correrán con el pago del IAJD, las primeras copias de notariado, gastos de registro y gestoría.
- Se amplían a 12, las cuotas impagadas o el 3% del capital principal prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, y en 15 las cuotas para casos del 7% durante la segunda mitad del crédito.
- Se da por eliminada la cláusula suelo.
- Se establecerá una disposición adicional para que la cláusula de vencimiento anticipado no afecte de manera directa a los embargos suspendidos y pendientes de resoluciones del Tribunal de Justicia de la UE, además de que no recoge la prohibición de los desalojos forzosos.
- Bajarán a la mitad las comisiones de amortización anticipada para las hipotecas de tipo fijo, siendo del 2% durante los primeros 10 años.
- El cliente podrá subrogar sin ningún coste adicional su hipoteca.
- La entidad no podrá cobrar comisiones por novación en el préstamo.
- El banco le otorgará al cliente un total de 10 días para analizar la información de los préstamos antes de firmarlos.
Como ves los cambios que se vienen son amplios y rigurosos, por lo tanto, exígele a tu entidad bancaria toda la información que necesites sobre los gastos de hipoteca que te corresponden, para entender así tu préstamo y así evitar dolores de cabeza futuros.